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Al firmar su contrato de inversión en bolsa

La inversión de dinero en el Mercado de Valores, se puede hacer a través de una Casa de Bolsa y se debe firmar un contrato denominado Contrato de Intermediación Bursátil. En él se indican las principales obligaciones y derechos que tiene tanto la Casa de Bolsa como el inversionista.

Al utilizar los servicios de una Casa de Bolsa, se debe considerar:

1.- Estar consciente de que la Casa de Bolsa no puede garantizar ningún tipo de rendimiento o ganancia al inversionista por las operaciones que realice.

2.- Saber que una Casa de Bolsa antes de devolver al inversionista su dinero, y en su caso, sus rendimientos, realizará el cobro de comisiones y gastos generados.Estorepresentaundescuento sobre los rendimientos del inversionista, cuando sea el caso. Entre los principales cobros que realiza una casa de bolsa encontramos las siguientes:

  • Apertura de contrato.

  • Cancelación del contrato.

  • Traspasos a la cuenta bancaria de la que se toman los fondos, cuando sea el caso.

  • Por el servicio que se presta.

  • Por la compraventa de los papeles (acciones o deuda).

3.- Conocer cuales son los montos mínimos o máximos con los que puede invertir en los instrumentos u opciones que haya elegido para invertir.

4.- Elegir el contrato o la manera en que se realizará el manejo de la cuenta, siendo éstas las opciones:

  • Discrecional: cuando la Casa de Bolsa toma las decisiones de inversión sin requerir la autorización precisa del usuario, por seguridad de ambas partes la discrecionalidad puede limitarse de varias formas, la más común es el manejo de portafolios con características específicas para sus clientes.

  • No discrecional: es cuando el cliente decide e informa a la Casa de Bolsa, las operaciones de inversión que pretende realizar.

TIPOS DE CUENTAS EN ELCONTRATO DE INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL

  • Individual: Es aquella cuenta donde su titular (o dueño) es una sola persona ya sea física o moral.

  • Solidaria: Es el tipo de cuenta en la que dos o más personas físicas, tienen autorización cada una de ellas de manera individual para tomar decisiones sobre las operaciones a realizar.

  • Mancomunada: Es en la que una o varias personas físicas firman en la cuenta, siendo una de ellas el titular, sin embargo, se requiere que dos o más estén de acuerdo para efectuar cualquier movimiento u operación.

En las Cuentas Individuales y Mancomunadas los titulares pueden designar beneficiarios y en el caso de las Cuentas Solidarias únicamente podrán designar cuando los beneficiarios lo sean de todos los titulares, por lo que sólo podrá reclamarse el importe de la inversión, siempre y cuando todos los titulares fallezcan.

Designación de Beneficiarios

Usted podrá designar y cambiar beneficiarios, en el momento que lo decida y deberá hacerse del conocimiento de los mismos. Lo anterior considerando que en el momento de que llegase a ocurrir el fallecimiento del titular puede darse el caso de que los beneficiarios desconocen la existencia de la inversión y por tanto no saben del derecho de reclamarla.

Para que el beneficiario pueda reclamar la inversión (en caso del fallecimiento del titular) deberá presentar los documentos que lo acrediten como beneficiario tales como acta de defunción, Contrato de Intermediación Bursátil e identificación oficial.

Es recomendable verificar las políticas y procedimientos que tenga implementada la Casa de Bolsa en particular con el fin de contar con los documentos que lo acreditan como beneficiario de la inversión

La Casa de Bolsa entregará al beneficiario el saldo en la cuenta, que no exceda el mayor de los limites que marca la ley vigente, que son:

A) El importe equivalente a diez veces el salario mínimo general diario del Distrito Federal elevado al año.

B) El equivalente al 50% del saldo registrado en la cuenta.

Cabe mencionar que el beneficiario tendrá derecho de elegir dentro de los limites antes mencionados entre:

A) La entrega de determinados valores registrados en la cuenta, o

B) el importe de su venta en la Bolsa.

Es de señalar que la Casa de Bolsa entregará el excedente conforme a testamento. En caso de no existir este documento, se hará la entrega del remanente a los herederos que lo reclamen ante Tribunales solo si son familiares directos del titular hasta en cuarto grado. De no existir reclamación alguna, el monto de la cuenta se donará a la beneficencia pública, tal como lo marca la Ley.

¿CÓMO VERIFICAR EL COMPORTAMIENTO DE SU INVERSIÓN?

A través de consultas telefónicas. Es obligación de las Casas de Bolsa grabar las conversaciones que tengan sus clientes o inversionistas con sus Asesores. Además las Casas de Bolsa enviarán a los inversionistas dentro de los cinco días hábiles posteriores al corte mensual, un estado de cuenta con la relación de todas las operaciones realizadas en la cuenta.

Le recomendamos guardar cada uno de los estados de cuenta con el propósito de tener un soporte adicional que acredite los movimientos y el saldo invertido: Usted deberá hacer las reclamaciones a las que hubiera lugar, dentro del plazo que para tal fin le indica la Casa de Bolsa.

Si desea invertir en el Mercado de Valores, acuda a la Casa de Bolsa de su preferencia, en donde le proporcionaran toda la información necesaria para hacer la mejor inversión.

Fuente: Condusef

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