Los derechos que otorga una acción son de tipo económico y político.
Los derechos económicos se refieren a la obtención de una participación en las utilidades que logra la empresa (dividendos),
el beneficio dado por la diferencia entre el precio de compra y el de venta (valorización) al momento de vender y el derecho
a comprar nuevas acciones que emita la empresa (derechos de suscripción).
Los derechos políticos se refieren a que el accionista puede participar y votar en la asamblea general de accionistas y
revisar los libros de la sociedad dentro de los límites de tiempo establecido para ello. Dependiendo del tipo de acciones
se tienen unos derechos.
- En las acciones ordinarias se otorga el derecho a participar con voz y voto en las asambleas de accionistas de la compañía
y a percibir dividendos de la misma.
- En las acciones preferenciales, el propietario de estas tiene derecho a recibir un dividendo mínimo con preferencia por
encima de los accionistas ordinarios y al reembolso preferencial de su inversión en caso de disolución de la sociedad. Este
accionista no tiene derecho a voto. Esta alternativa le permite al emisor capitalizar su empresa sin perder el control de la misma, ya que le ofrece al inversionista un dividendo definido por la empresa, a cambio de no interferir en el manejo de la misma.
- Acciones privilegiadas: Además de los beneficios de un accionista ordinario, estas acciones otorgan otros derechos económicos como el derecho preferencial para el reembolso en caso de liquidación. Para emitir acciones privilegiadas, una vez se haya constituido la sociedad, representa un requisito indispensable que la Asamblea General de Accionistas apruebe la emisión de
las mismas con un mínimo favorable del 75% de las acciones suscritas. Este requisito no tendrá lugar si la emisión se produce
durante la celebración del contrato de constitución de la sociedad.
|