Las escuelas privadas están obligadas a otorgar becas por el equivalente a 5% del monto obtenido por inscripciones y colegiaturas durante el año escolar. Dentro de este porcentaje no deberán considerarse las becas que la institución conceda a los hijos o familiares de su personal con el carácter de prestación laboral.
Las becas escolares consisten en la exención del pago total o parcial de la inscripción y de las colegiaturas mensuales, o sólo de estas últimas. Podrá asignarse el porcentaje menor al 25% referido solamente cuando las tres cuartas partes de los miembros del Comité, así lo decidan. El Comité de Becas organizado en cada escuela, esta formado por directivos, profesores y padres de familia, todos ellos fijan el monto de acuerdo a su organización interna, pero simpre tomando en cuenta ese 5% del que se ha hablado anteriormente. Este porcentaje será repartido entre el número de alumnos que establezca el plantel; por lo que no hay un número fijo para todas las escuelas. La beca se aplicará en colegiaturas,inscripciones o ambas, según lo determine cada escuela. la asignación se realiza de acuerdo a tres parámetros:
El niño debe tener un promedio mínimo de 8 en la boleta oficial y presentar un estudio socioeconómico. Las becas tienen una vigencia de un ciclo escolar completo y no pueden suspenderlas o cancelarlas. Salvo que se detecte que la información de la solicitud es falsa o cuando el alumno becado incurre en un problema de conducta.
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